La Defensora del Pueblo Adjunta, María América González, manifestó gran satisfacción con la decisión judicial de declarar inconstitucional el cobro de Ganancias a jubilados. La Defensora expresó que «este es un tema por el que venía batallando desde hace muchos años. El haber jubilatorio no es ganancia y aplicar dicho tributo, implica que los jubilados y pensionados soporten dos veces la misma carga».
Así las cosas, la Cámara resolvió declarar la invalidez del artículo 79 inc. de la Ley 20.628 referido a la imposición de los ingresos de los pasivos; y del artículo 115 de la Ley 24.241 en la medida que al practicarse liquidación del haber, éste supere el mínimo no imponible. Es decir, que si al calcular cuánto le hubiera correspondido cobrar a la persona como haber mensual en cada período, resultara que con la nueva cifra le habría correspondido tributar, ese descuento no se le haga al liquidar la sentencia. Asimismo, se dispuso declarar exentas del impuesto a las ganancias las sumas retroactivas.
La Adjuntía de María América González coincide en todo con el fallo judicial y entiende que resulta absurdo, injusto y no ajustado a derecho, asimilar las jubilaciones y pensiones a los conceptos de ingresos que se consideran alcanzados por ganancias.
Sin embargo, cabe señal que ANSES ya manifestó su intención de apelar el fallo por lo cual los descuentos continuarán.