Mediante la Resolución Nº 6/2016[ii] del Ministerio de Energía y Minería se establecieron las nuevas tarifas. Además se instruyó al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) a efectuar varias medidas[iii], entre ellas:
a) efectuar un nuevo cuadro tarifario para las empresas distribuidoras EDENOR y EDESUR, aplicando el Régimen Tarifario de Transición a cuenta de la Revisión Tarifaria Integral (RTI), debiéndose incluir en dicho cuadro el plan de ahorro propuesto en la citada Resolución Nº 6;
b) implementar una Tarifa Social, conforme criterios establecidos en el Anexo I;
c) disponer lo necesario para implementar el pago mensual del servicio público de distribución prestado por las empresas Edenor S.A. y Edesur S.A., el que hasta ahora era bimestral.
El ENRE dictó entonces una resolución[iv] con los nuevos cuadros tarifarios que incluyen la quita de los subsidios por parte del Estado nacional.
¿Cuánto aumentan las tarifas?
En principio, no es factible calcular con precisión el porcentaje de los aumentos, porque ello dependerá de cada situación y del consumo efectuado en cada hogar, teniendo en cuenta además que se prevén descuentos o bonificaciones para aquellos que logren ahorrar entre el 10% y el 20 %respecto del mismo periodo del año anterior (2015) y de aquellos que puedan ahorrar más de un 20 %.
Sin embargo, hay estimaciones que prevén, en algunos casos, incrementos de hasta el 700 %.
¿Qué contienen los nuevos cuadros tarifarios?
La tarifa de electricidad se compone, básicamente, de: un cargo fijo + cargos variables (un valor por cada KWh que se consume) + impuestos.
A partir de estas medidas, se establecieron los nuevos cuadros tarifarios con los valores de los cargos fijos y de los cargos variables, que componen la factura, dividido en siete categorías de usuarios residenciales según la cantidad de KWh consumidos por bimestre. A su vez, los cuadros tarifarios son diferentes para cada una de las empresas distribuidoras, donde se observa que los valores aplicados para los usuarios de la empresa EDESUR son levemente superiores a los estipulados para los de EDENOR.
Las siete categorías de Usuarios Residenciales son las siguientes:
Tarifa 1 – R1 hasta 300 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R2 desde 301 hasta 650 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R3 desde 651 hasta 800 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R4 desde 801 hasta 900 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R5 desde 901 hasta 1000 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R6 desde 1001 hasta 1200 KWh bimestrales
Tarifa 1 – R7 más de 1200 KWh bimestrales
Conformelas categorías mencionadas, los nuevos valores que surgen de los cuadros tarifarios con tarifa plena para la empresa EDENOR y para la distribuidora EDESUR son:
- Edenor S.A.
Tarifa 1 R1
Cargo fijo – consumo hasta 300 kWh bimestrales $14,43.-
Cargo variable – consumo hasta 300 kWh bimestrales $0,556.-
Tarifa 1 R2:
Cargo fijo – consumo de 301 a 650 kWh bimestrales $54,46.-
Cargo variable – consumo de 301 a 650 kWh bimestrales $0,448.-
Tarifa 1 R3:
Cargo fijo – consumo de 651 a 800 kWh bimestrales $66,14.-
Cargo variable – consumo de 651 a 800 kWh bimestrales $0,469.-
Tarifa 1 R4:
Cargo fijo – consumo de 801 a 900 kWh bimestrales $72,79.-
Cargo variable – consumo de 801 a 900 kWh bimestrales $0,480.-
Tarifa 1 R5:
Cargo fijo – consumo de 901 a 1000 kWh bimestrales $81,16.-
Cargo variable – consumo de 901 a 1000 kWh bimestrales $0,496.-
Tarifa 1 R6:
Cargo fijo – consumo de 1001 a 1200 kWh bimestrales $115,65.-
Cargo variable – consumo de 1001 a 1200 kWh bimestrales $ 0,557-
Tarifa 1 R7:
Cargo fijo: – consumo de más de 1200 kWh bimestrales $131,64.-
Cargo variable -consumo de más de 1200 kWh bimestrales $0,586-
- Edesur S.A.
Tarifa 1 R1:
Cargo fijo – consumo hasta 300 kWh bimestrales $15,94.-
Cargo variable – consumo hasta 300 kWh bimestrales $0,577.-
Tarifa 1 R2:
Cargo fijo – consumo de 301 a 650 kWh bimestrales $60,14.-
Cargo variable – consumo de 301 a 650 kWh bimestrales $0,459.-
Tarifa 1 R3:
Cargo fijo – consumo de 651 a 800 kWh bimestrales $71,68.-
Cargo variable – consumo de 651 a 800 kWh bimestrales $0,479.-
Tarifa 1 R4:
Cargo fijo – consumo de 801 a 900 kWh bimestrales $78,76.-
Cargo variable – consumo de 801 a 900 kWh bimestrales $0,492.-
Tarifa 1 R5:
Cargo fijo – consumo de 901 a 1000 kWh bimestrales $84,34.-
Cargo variable – consumo de 901 a 1000 kWh bimestrales $0,502.-
Tarifa 1 R6:
Cargo fijo – consumo de 1001 a 1200 kWh bimestrales $133,32.-
Cargo variable – consumo de 1001 a 1200 kWh bimestrales $ 0,589.-
Tarifa 1 R7:
Cargo fijo: – consumo de más de 1200 kWh bimestrales $148,43.-
Cargo variable -consumo de más de 1200 kWh bimestrales $0,616.-
CUADROS COMPARATIVOS
EDENOR
CONSUMO | CARGO FIJO ANTERIOR | CARGO FIJO ACTUAL | % AUMENTO DEL CARGO FIJO | VALOR KWH ANTERIOR | VALOR KWH. ACTUAL | % AUMENTODEL KILOVATIO HORA |
HASTA 300 KWH. | 4,46 | 14,43 | + 225% | 0,081 | 0,556 | + 580% |
301-650 | 16,28 | 54,46 | + 235% | 0,042 | 0,448 | + 950% |
651- 800 | 18,97 | 66,14 | + 250% | 0,045 | 0,469 | + 945% |
801-900 | 20,09 | 72,29 | + 260% | 0,047 | 0,480 | + 920% |
901 – 1000 | 21,59 | 81,16 | + 280% | 0,049 | 0,496 | + 900% |
1001-1200 | 24,22 | 115,65 | + 365% | 0,100 | 0,567 | + 460% |
+ 1200 | 26,14 | 131,64 | + 403% | 0,104 | 0,586 | + 460% |
EDESUR
CONSUMO | CARGO FIJO ANTERIOR | CARGO FIJO ACTUAL | % AUMENTO DEL CARGO FIJO | VALOR KWH ANTERIOR | VALOR KWH. ACTUAL | % AUMENTODEL KILOVATIO HORA |
HASTA 300 KWH. | 4,44 | 15,94 | + 255% | 0,082 | 0,577 | + 600% |
301-650 | 16,20 | 60,14 | + 270% | 0,043 | 0,450 | + 950% |
651- 800 | 18,83 | 71,68 | + 280% | 0,046 | 0,479 | + 945% |
801-900 | 20,11 | 76,76 | + 280% | 0,048 | 0,492 | + 930% |
901 – 1000 | 20,35 | 84,34 | + 315% | 0,048 | 0,502 | + 950% |
1001-1200 | 25,48 | 133,32 | + 430% | 0,101 | 0,589 | + 475% |
+ 1200 | 27,51 | 148,43 | + 440% | 0,105 | 0,616 | + 480% |
¿Se prevén descuentos y/o bonificaciones por ahorro de consumo?
La nueva normativa contempla distintos descuentos para quienes, por un lado, logren reducir su consumo entre un 10 % y un 20 %, y por otro lado, para los que puedan ahorrar más de un 20 %, en ambos casos comparados respecto del mismo bimestre del año anterior (2015).
¿Quiénes podrán acceder a la Tarifa Social?
La Tarifa Social alcanzará a todos aquellos usuarios que no puedan afrontar el pago de la tarifa plena. Además de ser titular del servicio, los criterios establecidos en la normativa para determinar los usuarios que quedan comprendidos dentro de la tarifa social son los siguientes:
– Jubilados y pensionados que cobren hasta dos veces el haber mínimo nacional
– Trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración menor o igual a dos salarios mínimos en bruto ($12.120)
– Titulares de programas sociales
– Inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (primeras 2 categorías)
– Empleados del Servicio Doméstico, incorporados al Régimen Especial de Seguridad Social (art. 21 de la Ley Nº 25.239)
– Personas que perciben seguro de desempleo
– Personas con discapacidad.
Sin embargo, cabe aclarar, que se establecen como criterios de exclusión para este beneficio, a aquellos usuarios que tengan más de una propiedad o posean un vehículo con una antigüedad menor a 15 años.
Las estimaciones oficiales señalan que el universo de beneficiarios alcanzados por la tarifa social sería de 900.000 aproximadamente.
En principio, la inclusión en la tarifa social es automática, dado que el padrón ha sido confeccionado por las autoridades mediante cruces de información de las distintas dependencias estatales (ANSES, Registro de la Propiedad Inmueble, Registro de la Propiedad Automotor, etc.)
Por ello, es muy importante que todos aquellos que puedan estar comprendidos en la tarifa social, tengan la titularidad del servicio a su nombre aunque sean inquilinos, o en su caso, realicen los trámites pertinentes ante su empresa distribuidora, mediante las oficinas virtuales de la web o en las oficinas comerciales.
La empresa EDESUR habilitó una oficina virtual en su página web, donde los usuarios pueden verificar (con numero de cliente y numero de medidor) si han sido incorporados al beneficio de la tarifa social; en la misma página se puede iniciar el trámite de cambio de titularidad o realizar una consulta. Podés ingresar aquí
Se estima que en los próximos días la empresa EDENOR adapte su página web en el mismo sentido, podés ingresar aquí
Además se puede realizar la averiguación a través de la página web del Ente Nacional Regulador de la Electricidad. CLICK ACÁ: (www.enre.gob.ar)
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en conjunto con las defensorías del pueblo del país nucleadas en ADPRA, ya están trabajando para plantear, ante las autoridades pertinentes, la flexibilización y ampliación de los requisitos de acceso a la tarifa social para evitar que haya exclusiones injustas y que se puedan contemplar todos los casos que merezcan obtener este beneficio, por ejemplo: los electrodependientes, los hogares que tengan en su núcleo familiar alguna persona con discapacidad o con una enfermedad crónica que requiera un uso intensivo de electricidad, aunque esta no sea el titular del servicio, entre otras.
¿Cuánto abonarán los beneficiarios de la Tarifa Social?
Se aplicará un descuento de 150 KWh mensuales ponderados por los días del período de facturación. El excedente se abonará de acuerdo con el cuadro tarifario que corresponda según la categoría de consumo.
La aprobación de condiciones para obtener esta tarifa la realiza el Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
¿Cómo se implementará el pago mensual de la factura?
Según la Resolución del ENRE, se instruyó a ambas empresas distribuidoras a facturar mensualmente las tarifas para los usuarios residenciales, aunque la medición de los consumos seguirá siendo bimestral.
En consecuencia, una vez concluido el periodo de transición por los cambios de facturación (enero, tarifa antigua, febrero y marzo con tarifa actual) las empresas deberán adaptar sus sistemas para que el importe que resulte de la medición bimestral del consumo, sea fraccionado en dos periodos similares a dicho lapso bimestral, y facturado mensualmente.
Cortes del servicio
Se debe tener en cuenta que, en los últimos días de enero se produjo un corte generalizado del servicio que dejó sin energía eléctrica a 800.000 usuarios durante 2 días. Entre el 28 y el 31 de diciembre de 2015, más de 200.000 usuarios permanecieron sin luz durante 4 días, esto provocó innumerables daños e inconvenientes tales como roturas y pérdidas de artefactos, pérdida de alimentos y medicamentos, aislamiento de ancianos y discapacitados en sus departamentos y falta de agua potable, entre otros. El ministro Aranguren no tomó ninguna medida ni sancionó a las empresas con multas económicas que fueran destinadas a los usuarios como una pequeña compensación económica, por los cortes del servicio. Por el contrario, premió a EDENOR y EDESUR aplicando un aumento salvaje a 6 millones de usuarios.
Falta de audiencia pública
En 1992 se sancionó la Ley Nº 24.065, que estableció el Marco Regulatorio de la Energía Eléctrica, por el cual se dispuso que en toda revisión tarifaria debe realizarse previamente una Audiencia Pública. Distintas Asociaciones de Usuarios – DEUCO, ADDUC, UNION de USUARIOS y CONSUMIDORES y CONSUMIDORES LIBRES, presentaron un Recurso ante la Justicia, solicitando la nulidad de la medida por ser violatoria de la ley.
Aumento de tarifas eléctricas en todo el país
Así como en el área de EDENOR los porcentajes de aumento oscilan entre el 452% y el 718% ; en distintas provincias los incrementos serían muy importantes. De acuerdo a la información recogida de medios provinciales los incrementos serían muy importantes; en Catamarca el aumento será del 750%, en Formosa del 200%, en Mendoza del 150% y en San Juan 117%. Si bien los porcentajes son iguales o menores a los que pagamos en Capital Federal y Gran Buenos Aires, hay que tener en cuenta que las tarifas que abonan en las provincias son entre 4 y 7 veces mayores, lo cual agrava la situación de miles de usuarios provinciales.
Cuadro comparativo siguiente realizado teniendo en cuenta un consumo bimestral de 500 kWh
Provincia | Empresa | Factura500 kWh/ bimestreTarifa actual en pesos | % aumento | Factura500 kWh/ bimestrecon aumento en pesos |
CABA y GBA | EDENOR | 37,28 | + 692% | 278,46 |
CABA y GBA | EDESUR | 37,71 | + 698% | 285,14 |
Santa Fe | EPESF | 250,27 | + 30% | 325,35 |
Formosa | REFSA | 117,07 | + 200% | 351.21 |
Jujuy | EJESA | 213,91 | + 100% | 427,82 |
Catamarca | EC SAPEM | 111,33 | + 750% | 946,30 |
Entre Rios | ENERSA | 199,56 | + 80% | 359,20 |
Mendoza | EDEMSA | 97,25 | + 150% | 243,12 |
Chubut | DGSP | 129,22 | + 40% | 180,90 |
La Pampa | APELP | 202,45 | + 60% | 323,92 |
Córdoba | EPEC | 245,06 | +50% | 367,59 |
Corrientes | DPEC | 93,40 | + 52% | 141,98 |
Neuquén | EPEN | 193,04 | + 35% | 260,60 |
Tucumán | EDET | 195.88 | + 100% | 391,76 |
Rio Negro | EDERSA | 276,26 | + 60% | 442,01 |
San Juan | E.San Juan | 169,74 | + 117% | 368,33 |
El aumento aplicado a partir del 1º de febrero es el primero de tres modificaciones tarifarias que se harán durante el presente año. La segunda se realizará el 1º de mayo, fecha en la que se volverá a modificar el valor de la energía mayorista, en un valor aproximado a los $ 700 pesos, lo que implicará un mayor costo para las distribuidoras que luego lo trasladarán a los usuarios. El tercer incremento se producirá en hacia fin de año, tal como lo ordenó el Ministro de Energía al ENRE, exigiendo que la Revisión Tarifaria Integral se realice antes del 31 de diciembre de 2016.
Aumento de precios en los comercios
El aumento de tarifas abarca a todos los usuarios del país, casas de familia, comercios e industrias. Por lo tanto, el aumento de tarifas de energía eléctrica se verá reflejado también en el aumento de precios de todos los productos que se vendan en comercios, sobre todo en los más chicos.
- El Kilovatio hora aumentó hasta 510%
- El Cargo Fijo se incrementó hasta un 385%
- Las Facturas de la Categoría T1 G1 aumentan hasta 452%
- Las Facturas de la Categoría T1 G2 se incrementan hasta 491%
- Las Facturas de la Categoría T1 G 3 aumentan hasta 489%
- El TARIFAZO aumenta los costos de los comercios, que se trasladarán a los precios.
En informes anteriores, DEUCO señaló la envergadura del aumento a los usuarios residenciales que oscila entre el 452% y 718%. En este caso, la información está relacionada con el incremento que se aplicará al sector del Comercio minorista, para el que los costos de la energía eléctrica resultan muy sensibles a su economía de pequeña escala. Es ciertamente probable que el alza del costo de la energía provoque alza de precios de los productos que comercializan, afectando de este modo a los consumidores finales.
Uno de los rubros más sensibles al impacto del costo de la energía eléctrica es el de las carnicerías de barrio. El consumo promedio bimestral supera los 1600 kWh. ; en este caso, tal como se demuestra en los cuadros subsiguientes el valor en Cargo Fijo y Kilovatios hora pasará de $ 349, 33 a $ 1927,02, sin impuestos. En el área de Edenor la carga impositiva es del 45%. Incorporando los impuestos a ambas facturas, la de $ 349 pasa a $ 506,05 y la de $ 1927,02 a 2794,17, un 452% de aumento.
TARIFAS COMERCIALES:
Comparación del Valor del Cargo Fijo y el Kilovatio hora con tarifa anterior y porcentaje de aumento
CATEGORIA TARIFARIA SEGÚN CONSUMO BIMESTRAL | VALORCARGO FIJOANTERIOR | VALORCARGO FIJOACTUAL | % AUMENTO | VALOR KWH. ANTERIOR | VALOR KWH ACTUAL | % AUMENTO |
TARIFA T 1 G 1CONSUMO BIMESTRAL IGUAL O INFERIOR A 1600 KWH. | 13,33 | 61,42 | + 360% | 0,21 | 1,166 | + 453% |
TARIFA T 1 G 2CONSUMO BIMESTRAL SUPERIOR A 1600 KWH. E INFERIOR O IGUAL A 4000 KWH. | 100,46 | 476,25 | + 374% | 0,157 | 0,958 | + 510% |
TARIFA T 1 G 3CONSUMO BIMESTRAL MAYOR A 4000 KWH. | 275,89 | 1339,01 | + 385% | 0,125 | 0,761 | + 508% |
TARIFA T 1 G 1: Comparación del valor de la factura anterior con la actual y porcentaje de aumento, sin incluir impuestos.
TARIFA T 1 G 1CONSUMO BIMESTRAL IGUALO INFERIOR A 1600 KWH. | VALORFACTURATARIFA ANTERIOR | VALORFACTURATARIFA ACTUAL | %AUMENTO |
CONSUMO 300 KWH. BIMESTRALES | $ 76,33 | $ 411,22 | + 439% |
CONSUMO 500 KWH. BIMESTRALES | $ 118,33 | $ 644,42 | + 444% |
CONSUMO 800 KWH. BIMESTRALES | $ 181,33 | $ 994,22 | + 448% |
CONSUMO 1200 KWH BIMESTRALES | $ 265,33 | $ 1460,62 | + 450% |
CONSUMO 1600 KWH BIMESTRALES | $ 349,33 | $ 1927,02 | + 452% |
TARIFA T 1 G 2: Comparación del valor de la factura anterior con la actual y porcentaje de aumento, sin incluir impuestos.
TARIFA T 1 G 2 CONSUMO BIMESTRAL SUPERIOR A 1600 KWH.E INFERIOR O IGUAL A 4000 KWH. | VALORFACTURATARIFA ANTERIOR | VALORFACTURATARIFA ACTUAL | %AUMENTO |
CONSUMO 1900 KWH. BIMESTRALES | $ 398,76 | $ 2296,45 | + 475 % |
CONSUMO 2500 KWH. BIMESTRALES | $ 492,96 | $ 2871,25 | + 482 % |
CONSUMO 3000 KWH. BIMESTRALES | $ 571,46 | $ 3350,25 | + 486% |
CONSUMO 3500 KWH BIMESTRALES | $ 649,96 | $ 3829,25 | + 490% |
CONSUMO 4000 KWH BIMESTRALES | $ 728,46 | $ 4308,25 | + 491% |
TARIFA T 1 G 3: Comparación del valor de la factura anterior con la actual y porcentaje de aumento, sin incluir impuestos.
TARIFA T 1 G 3CONSUMO BIMESTRAL SUPERIOR A 4000 KWH. | VALORFACTURATARIFA ANTERIOR | VALORFACTURATARIFA ACTUAL | %AUMENTO |
CONSUMO 4100 KWH. BIMESTRALES | $ 788,39 | $ 4459,11 | + 465% |
CONSUMO 5000 KWH. BIMESTRALES | $ 900,89 | $ 5144,01 | + 471% |
CONSUMO 8000 KWH. BIMESTRALES | $ 1275,89 | $ 7427,01 | + 482% |
CONSUMO 10000 KWH BIMESTRALES | $ 1525,89 | $ 8949,01 | + 486% |
CONSUMO 12000 KWH BIMESTRALES | $ 1775,89 | $ 10471,01 | + 489% |
[i]Ver Decreto Nº 134 http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/255000-259999/256978/norma.htm
[ii] VER http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/255000-259999/258201/norma.htm )
[iii] Ver Resolución Nº 7/2016 (Para consultar el texto íntegro acceder a http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/255000-259999/258201/norma.htm )
[iv]ver Resolución Nº 1/ENRE/2016en http://www.enre.gov.ar/web/web.nsf/home?openframeset