El aumento está regulado a través de la Resolución 11/2022 publicada en Boletín Oficial el 26 de agosto del corriente.
A continuación se detallan los aumentos informados en la resolución:
Las actualizaciones del Salario Mínimo Vital y Móvil informadas conllevan una serie de repercusiones tanto en el haber mínimo jubilatorio como en otras prestaciones.
La actualización del 15,53% que fija un haber mínimo de $43.353 (sin contar el bono de $7.000) alcanza a cubrir el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil previsto para el mes de septiembre, el cual será de $51.200.
Diferente es la situación en los meses de octubre y noviembre, ya que el haber mínimo no alcanzará el 82% móvil con respecto al Salario Mínimo previsto para los meses de octubre y noviembre, de $54.550 y $57.900 respectivamente. En consecuencia, se abonará un suplemento destinado a alcanzar el 82% móvil previsto por ley para los y las jubilados y jubiladas y pensionados/as que no hayan accedido al beneficio jubilatorio a través de moratoria previsional, es decir, cuenten con 30 años de servicios efectivos.
A continuación se detalla el valor del complemento correspondiente a quienes perciban el haber mínimo ($43.353).
El aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil también repercute en otras prestaciones y programas detallados a continuación: