Bandera Argentina
331bis

Audiencia para revocar sobreseimientos a los responsables de la represión de la Metropolitana en el Hospital Borda: Comunicado de la Defensoría

La Defensoría del Pueblo entiende que resulta imprescindible que exista una investigación seria y efectiva, que no se emprenda como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa sino que, con todos los medios legales y agotando para ello todos recursos disponibles, se oriente a esclarecer lo sucedido y a determinar las responsabilidades consiguientes.

El 26 de abril de 2013 la Ciudad despertó con la noticia de que una cuadrilla de operarios fuertemente custodiados por un grupo efectivos de la Policía Metropolitana introdujo palas mecánicas en el Hospital Borda forzando el candado de acceso con el objetivo demoler el edificio donde funcionara el Taller Protegido nº 19.
Cerca de las 9 de la mañana un grupo de trabajadores del hospital que había comenzado a manifestarse en contra de la demolición fue reprimido por la Policía Metropolitana con bastones, balas de goma y gas pimienta en una zona donde los pacientes tienen libre acceso. Alrededor del mediodía, luego de que algunas personas derribaran una placa de chapa dispuesta como vallado, los efectivos comenzaron a disparar a mansalva indiscriminadamente, a corta distancia y al cuerpo de todos los presentes. En este nuevo ataque policial legisladores porteños, periodistas, trabajadores e incluso pacientes resultaron alcanzados por balas de goma que ocasionaron múltiples lesiones.
Resulta particularmente grave que el violento despliegue policial haya tenido lugar en el predio de un hospital neuropsiquiátrico sin que se haya adoptado ninguna medida de resguardo para garantizar la integridad de los pacientes. Nada puede justificar semejante accionar.
Desde el GCBA se explicó, ante las duras críticas que recibiera la actuación policial, que la fuerza de seguridad “se defendió” de los “violentos”. Es inadmisible que se equipare el uso de la fuerza por parte del Estado con la violencia ejercida por un grupo minoritario de manifestantes, resulta inaceptable que agresiones provocadas por un grupo reducido de personas provoque semejante reacción policial, con un uso indiscriminado, irracional y desproporcionado de la fuerza, contra todos y cada uno de quienes se encontraban allí presentes.
Criminalizar o policializar una protesta solo puede obedecer a la impotencia política para conducir y elaborar los conflictos que son propios de toda sociedad democrática.
Este organismo tiene dicho que en casos de violencia institucional una de las dimensiones principales de las obligaciones del Estado se vincula con el esclarecimiento judicial de este tipo de hechos, ello con miras a eliminar la impunidad e impedir su repetición.
Por todo lo expuesto y ante la audiencia que se realizará el 25 de junio en la Cámara de Casación Penal previa a resolver los recursos interpuestos contra los sobreseimientos dictados en la causa en la que se investiga a los funcionarios del GCBA implicados en la represión en el Borda, la Defensoría del Pueblo entiende que resulta imprescindible que exista una investigación seria y efectiva, que no se emprenda como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa sino que, con todos los medios legales y agotando para ello todos recursos disponibles, se oriente a esclarecer lo sucedido y a determinar las responsabilidades consiguientes.