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ANSES publicó las normas para el pago del Ingreso Familiar de Emergencia

A través de la Resolución 84/2020 estableció las condiciones para la implementación, administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas del IFE.

-Etapa de inscripción: el ANSES  comunicará el período en el cual se encontrará disponible el Aplicativo Digital, mediante el cual podrán realizar el trámite de “Inscripción, Solicitud y Validación de Datos” todos aquellos que NO hubieren realizado el trámite de preinscripción.

DNI terminados en:

0 y 1: Lunes 06/04

2 y 3: Martes 07/04

4 y 5: Miércoles 08/04

6 y 7: Jueves 09/04

8 y 9: Viernes 10/04

-Concluido el plazo de inscripción, ANSES realizará, previo a la liquidación y pago, la revisión de los requisitos:

la evaluación socioeconómica y patrimonial será realizada por AFIP, debiendo informar al ANSES la pertinencia de cada solicitud.

A los exclusivos fines del control del cumplimiento de la exigencia de residencia legal requerida a los ciudadanos extranjeros, así como la de estancia en el país de los solicitantes del IFE, ANSES requerirá a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES la información necesaria para la verificación del cumplimiento inexcusable de esos requisitos.

-Resultados: El resultado de las evaluaciones realizadas estará disponible en https://www.anses.gob.ar/ingreso-familiar-de-emergencia.

Si fue positivo: Las personas  deberán realizar la carga necesaria para que se efectivice el pago, para ello se requiere tener Clave de Seguridad Social e ingresar a la página web antes mencionada. Quienes carezcan de esa clave podrán crearla en el momento ingresando en en https://www.anses.gob.ar/tramite/obtener-clave-de-la-seguridad-social.

El/la solicitante deberá completar y/o verificar una serie de datos básicos, cargar datos de contacto y una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para identificar la cuenta bancaria donde se realizará la transferencia del subsidio. En el mismo momento la Cámara Compensadora Electrónica (COELSA) validará la integridad del dato como así también que esa cuenta pertenezca al solicitante. De resultar válida, se pagará por esa vía.

Para los casos restantes, se otorgan las siguientes opciones:

Sistema de Punto Efectivo de Red Link.

Sistema de pago mediante correo.

Sistema de billetera virtual.

Si fue negativo: mediante el ingreso con la Clave de la Seguridad Social, se le comunicará al solicitante la circunstancia de exclusión comprobada, indicando el motivo.

-Liquidación, control y pago: concluidas las revisiones y evaluaciones se procederá a la liquidación, control y puesta al pago de la prestación, de conformidad a lo que establece la normativa vigente y según el cronograma que comunicará esta ANSES.

-Comunicación: a los efectos de las notificaciones se considerará válido el domicilio declarado en oportunidad de la iniciación del trámite, excepto que el contacto con ANSES haya sido por mensaje de texto. En ese caso las notificaciones se cursarán al domicilio que se encuentre registrado en la base de datos de ANSES.

-Recupero de sumas pagadas indebidamente: en los casos  que ANSES, determine que corresponde el recupero del IFE percibido indebidamente, se procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual, compensándolos automáticamente con cualquier otro beneficio que le corresponda percibir al titular/solicitante, hasta cubrir el total de la deuda. Ese monto no podrá ser superior al 20% del monto neto a percibir por cada titular/solicitante, una vez aplicados aquellos descuentos que, por disposición normativa, revistan un orden prioritario dentro del proceso de deducciones a emplear.

Ver Resolución 84/2020 ANSES