En este informe se analizan los alcances de estas amplias políticas de ingresos llevadas a cabo desde el Estado Nacional Argentino, en pos de sostener los ingresos y el consumo de los grupos socioeconómicos más golpeados por el aislamiento social, preventivo y obligatorio vigente en el contexto de la pandemia COVID 19. Sin embargo, aún existen sectores económicos que no han accedido a ninguno de estos instrumentos de ayuda económica estatal, tales como las cooperativas de trabajo, y ciertos sectores de monotributistas (peluqueros, comercios tales como librerías, barberías, etc.); peligrando su fuente de trabajo y el sostén del nivel de empleo que estos micro emprendimientos generan.
El Estado Nacional creó una serie de instrumentos para minimizar el riesgo de vulnerabilidad de los hogares ante el escenario de cuarentena por la pandemia global. Entre ellos, destacan el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), que tiene dos grandes grupos de beneficiarios. Por un lado, los asalariados registrados del sector privado que trabajan en empresas afectadas y, por el otro, los trabajadores independientes formales que no pudieron ingresar al IFE. En el primer caso, el mecanismo de asistencia fue el pago de parte del salario, con un porcentaje que es mayor mientras menor sea la remuneración del asalariado. En el segundo caso, el mecanismo fue el crédito a tasa cero.
El IFE se crea para personas que se encuentren desocupadas, se desempeñen en la economía informal, sean monotributistas inscriptos en las categorías A y B; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares. En un primer momento se estableció que este nuevo instrumento se otorgaría por única vez en el mes de abril, a la vez que se determinaba que podría ser prorrogado por el PEN hasta el momento que se considerara que la situación de emergencia sanitaria que le diera origen haya sido contenida. Actualmente, se espera el anuncio de la continuidad de dicho beneficio para el próximo mes de junio.
El programa ATP consiste en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios: reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA; Salario complementario; Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos; Sistema integral de prestaciones por desempleo. El monto de la asignación se determinó como equivalente al 50% del salario neto del trabajador/a correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un SMVyM ($16.875) ni superar dos SMVyM ($33.750), o al total del salario neto correspondiente a ese mes.
Se estima que la cantidad de beneficiarios del IFE llega a los 8.96 millones de personas. Si este beneficio se extiende al mes de mayo (a cobrarse en el mes de junio), este habría sido cobrado durante tres meses; lo que representaría unos $268.800 millones de pesos en total. El diseño del Programa ATP actual contempla cuatro situaciones distintas en cuanto al monto del salario neto cubierto por el Estado, y que muestran su carácter progresivo. En primer lugar, en los trabajadores que ganan hasta un SMVM, el Estado le asiste el 100%. En general, se trata de trabajadores a tiempo parcial. Aproximadamente, el 16% de los trabajadores a los cuales se les aprobó la ATP de abril se encuentran en esta situación. Si todos los trabajadores hubiesen recibido este máximo, el gasto total devengado hubiese sido de más de 5.977 millones de pesos. El 28.4% de los trabajadores que accedió a dicho beneficio, tiene un salario neto equivalente a un SMVyM como mínimo o dos SMVyM como máximo. El mayor porcentaje corresponde a la situación 3, es decir aquellos trabajadores que tienen un salario neto entre $33.750 y $67.500. Si en este grupo, a todos les hubiese correspondido el máximo, el gasto total devengado hubiese ascendido a casi 31.800 millones de pesos.
El siguiente cuadro presenta un análisis sobre el alcance de los instrumentos dados a través de la IFE y del Programa ATP (Salario Complementario y Crédito Tasa Cero), según distintos grupos familiares. Para poder comprender cómo la asistencia estatal llega a las familias en este contexto de pandemia, hemos presentado situaciones laborales hipotéticas en distintas combinaciones, para los trabajadores/as del grupo familiar.
De esta manera, se presenta la situación de una pareja con hijos, donde los dos trabajan; un hogar monoparental con hijos donde el/la jefe/a de hogar trabaja; y la situación de un soltero/a sin hijos que también trabaja. En ninguno de los casos hemos presentado la situación de un desempleado/a. En este caso, si uno de los integrantes del grupo familiar se encontrara recientemente desempleado sería beneficiario del sistema integral de seguro de desempleo incluido en el Programa ATP (mínimo de $6.000 y máximo de $10.000).
Como conclusión de este análisis podemos determinar que sólo los monotributistas de categoría A o B pueden aplicar al IFE, pero el hecho de estar cobrando salario familiar les impide esta posibilidad. Si podrán aplicar a un Crédito Tasa Cero, si cumplen con los requisitos. Esto significa una diferencia fundamental en cuanto a que el IFE es una prestación monetaria no contributiva, mientras que los Créditos Tasa Cero, implican que el capital tomado ha de ser devuelto (si bien los intereses devengados son pagados por el Estado). Asimismo, el hecho de que todos los monotributistas cobren asignaciones familiares, hace que automáticamente aquel padre/madre o tutor/ra que la recibe; quede excluido/a del IFE. Pueden identificarse dentro de estos grupos de monotributistas a peluqueros, comercios minoristas como librerías, barberías, cervecerías. Estos son emprendimientos donde muchos son monotributistas.
Uno de los grupos importantes que no han sido contenidos dentro de estas asistencias económicas del Estado, son las cooperativas de trabajo. Estas cooperativas de trabajo, cuyos asociados son monotributistas, son empresas que por sus características quedaron fuera del Programa ATP y no han podido aplicar al beneficio Salario Complementario. Por otra parte, también algunos al ser monotributistas fueron tratados como personas individuales; no se trataron en colectivo.