Bandera Argentina
dia-salud-trabajo 1500x750

Ampliación y percepción económica por única vez: Resolución 127/2021

La ayuda de $9.000 corresponde al Programa de Trabajo Autogestionado.

A través de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 203 de fecha 26 de marzo de 2004, se creó el Programa de Trabajo Autogestionado, cuyo objeto fue promover la generación de nuevas fuentes de trabajo y el mantenimiento de puestos de trabajo, fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas por trabajadores y con fecha 7 de marzo de 2012, la Secretaria de empleo se aprobó el Reglamento Operativo de este programa.

Con fecha 12 de marzo de 2020, se amplió en nuestro país la emergencia pública en virtud de la pandemia, por lo que mediante la Resolución de la Secretaría de Empleo N° 144 del 30 de abril de 2020, se implementó una asistencia económica para la Línea I que es una ayuda económica individual que prevé la asignación directa y personalizada de una ayuda económica mensual, por un plazo de hasta 24 meses, para los socios trabajadores de las unidades productivas autogestionadas, cuando el retorno de excedentes para cada socio sea inferior al monto de 1 salario mínimo, vital y móvil y ahora, por decisión del Ministro de Empleo: se amplió por un plazo de 7 meses más, a los socios trabajadores de las unidades productivas autogestionadas destinatarias y se otorga por única vez, una ayuda económica de PESOS NUEVE MIL ($9.000) a los socios trabajadores que completaron, o completen, la percepción de la asistencia económica de emergencia establecida por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 144/2020 y sus modificatorias y complementarias.

Comenzará a abonarse esta ayuda económica a partir de la primera liquidación operativamente disponible en el marco de los programas nacionales de empleo administrados por la Secretaría y conforme los destinatarios completen, o hubieran completado, la percepción de la asistencia económica de emergencia.