Recientemente, la Legislatura amplió el alcance de esa normativa a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes cuando su progenitor y/o “progenitor afín” (cónyuge o conviviente) haya sido procesado o condenado por el delito de femicidio contra su madre, incluso en los casos en que la causa penal se haya extinguido por muerte y también en aquellos en que el hijo o hija de la víctima haya quedado sin cuidados parentales por distintos motivos. [block id=»casa-del-encuentro»]