En el marco del proceso de resolución de conflictos llevado a cabo en el trámite N° 17.773/2018, se produjo un acuerdo en el que se requiere el compromiso a no superar la altura máxima de acuerdo a lo previsto en el artículo 5.4.1.2, inciso b) del Código de Planeamiento Urbano vigente al momento del trámite de la obra.
Por su parte, el Subsecretario de Registros, Interpretación y Catastro del Gobierno porteño, se comprometió a no autorizar ningún tipo de cerramiento de balcones, muros laterales o pantallas conforme lo establecido en el artículo 4.4.3.2 del Código de Edificación.
En consecuencia, los vecinos de la calle Maure manifestaron plena conformidad con los términos arribados en el acuerdo y, de esta manera, desistieron de iniciar cualquier acción de índole judicial o extrajudicial, ni medida cautelar autónoma que tenga por objeto contrariar o discutir la legalidad de la construcción del emprendimiento edilicio.