LEY 1906
Ley Básica de Prevención de Enfermedades Cardiovasculares, Obesidad y Diabetes
La presente crea la ley básica de prevención de enfermedades cardiovasculares, obesidad y diabetes, ello a fin de difundir en forma masiva la información básica relacionada con los cuidados personales elementales para le prevención, el control y el tratamiento de las enfermedades cardiovasculares, la obesidad y la diabetes; facilitar el acceso de la población a los alimentos recomendados por la Autoridad Sanitaria para la prevención, el control y el tratamiento de las enfermedades cardiovasculares, la obesidad y la diabetes, a través de la regulación de su comercialización y de la información básica obligatoria para los mismos fines; generar en toda la población hábitos de consumo alimentario que favorezcan la prevención, el control y el tratamiento de las enfermedades a las que se refiere la presente ley y promover conductas solidarias hacia las personas que padecen enfermedades relacionadas con la ingesta de alimentos; proveer los alimentos médicamente recomendados a las personas en condiciones de vulnerabilidad social y que necesiten una dieta alimentaria especial y realizar campañas de detección de las enfermedades a las que se refiere la presente ley.
Sanción: 06/12/2005
Veto: Decreto Nº 10/006 del 10/01/2006
Publicación: BOCBA N° 2359 del 16/01/2006
Insistida: Resolución Nº 553/LCABA/006 del 26/10/2006
Publicación: BOCBA Nº 2570 del 21/11/2006
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)