Ley 2783
Difusión de los Derechos de los pacientes con padecimientos mentales
La presente norma tiene como objeto la difusión de los derechos comprometidos en el artículo 3° de la Ley N° 448 – Ley de Salud Mental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de informar y concientizar a los pacientes con padecimientos mentales, a sus familias y los trabajadores del área de la salud, sobre aquellas acciones que interfieren y/o vulneran su reconocimiento.
Sanción: 10/07/2008
Promulgación: Decreto N° 952/008 del 31/07/2008
Publicación: BOCBA N° 2989 del 08/08/2008
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)