Ley 4077 – Obligatoriedad de contar con desfibrilador externo automático en lugares de concurrencia masiva

Ley 4077

Obligatoriedad de contar con desfibrilador externo automático en lugares de concurrencia masiva

 

La presente norma establece instituir, con carácter obligatorio, la adquisición, puesta en funcionamiento y mantenimiento para la correcta utilización de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Sanción: 01/12/2011

Publicación: Boletín Oficial del 07/02/2012 Número: 3849

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)