Ley 4182
Inclusión de leyenda en publicidades de juegos de azar
La presente norma establece la obligatoriedad de incluir, en forma destacada y en lugar visible, la leyenda «JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD» en todas las publicidades de juegos de azar difundidas en medios gráficos que circulen por el ámbito la Ciudad de Buenos Aires y en todas las publicidades de juegos de azar efectuadas en la vía pública.
Sanción: 31 de Mayo de 2012
Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 3955 del 19/07/2012
TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)