Bandera Argentina

Ley 4182 – Inclusión de leyenda en publicidades de juegos de azar

Ley 4182

Inclusión de leyenda en publicidades de juegos de azar

La presente norma determina la obligatoriedad de incluir, en forma destacada y en lugar visible, la leyenda «JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD» en todas las publicidades de juegos de azar difundidas en medios gráficos que circulen por el ámbito la Ciudad de Buenos Aires y en todas las publicidades de juegos de azar efectuadas en la vía pública.

 

 

Sanción: 31/05/2012

Publicación: Boletín Oficial (BOCBA) N° 3955 del 19/07/2012

 

TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016)