Ley 26.529 – Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud

Ley 26.529

Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud

 

La presente norma regula los derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud.

La ley regula el derecho a la información sanitaria, definida como aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.

Asimismo, también prevé el instituto del consentimiento informado, que consiste en la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales, en su caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada.

Por último, determina que la historia clínica es el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud.

 

Sancionada: 21-oct-2009

Publicación: Boletín Oficial del 20-nov-2009    Número: 31785

 

Descargar texto completo