Convención Interamericana para la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad

Convención Interamericana Para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad

El presente instrumento internacional tiene por objetivos la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad. Fue adoptado en Guatemala el 08 de Junio de 1999. Aprobado por la República Argentina por Ley Nro 25.280 el 06 de julio de 2000 y ratificada por el Gobierno argentino el 10 de enero de 2001.

 

Artículo III.
Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se comprometen a: 1. Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuación, sin que la lista sea taxativa:
  1. Trabajar prioritariamente en las siguientes áreas: b. La detección temprana e intervención, tratamiento, rehabilitación, educación, formación ocupacional y el suministro de servicios globales para asegurar un nivel óptimo de independencia y de calidad de vida para las personas con discapacidad.

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