Ley 26.738
Delitos contra la Integridad Sexual. Modificación al Código Penal
La presente norma modifica al Código Penal en la sección de delitos contra la integridad sexual. En tal sentido, la norma dispone la sustitución del artículo 132 del Código Penal, por el siguiente: Artículo 132: En los delitos previstos en los artículos 119: 1°, 2°, 3° párrafos, 120: 1° párrafo, y 130 la víctima podrá instar el ejercicio de la acción penal pública con el asesoramiento o representación de instituciones oficiales o privadas sin fines de lucro de protección o ayuda a las víctimas.
Sanción: 21-mar-2012
Publicación: Boletín Oficial del 07-abr-2012 Número: 32372