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Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado

Este nuevo trámite tiene por objetivo valorar el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos, y generar las condiciones necesarias para que puedan acceder al derecho a jubilarse.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado es para las mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos.

Les corresponde a:
* Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
* Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará a los fines jubilatorios:
– 1 año de aportes por hija/o.
– 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.

Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

Dicho tramite es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes dispuestas por Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970.

La gestión se realiza con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de hijas o hijos. En caso de hijas e hijos con discapacidad, es necesario acreditar el Certificado de Discapacidad (CUD). Para las hijas e hijos adoptados, se requiere presentar la sentencia de adopción.
Los turnos estarán disponibles a partir del 1 de agosto.

La beneficiaria deberá tener acreditados todos los datos, previo al turno. Por lo tanto, es importante corroborarlo, ingresando en mi ANSES, con CUIL y clave de la seguridad social. Allí, seleccionar la opción “Información Personal” y luego “Relaciones Familiares”. De esta manera se podrá chequear si las hijas e hijos se encuentren registrados.

Si alguna/o de mis hijas/os no figura, debe actualizar los vínculos familiares presentando el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de las hijas/os, adopción o CUD, en su caso, solicitando un turno para ser atendida en la oficina de ANSES más cercana a su domicilio.