La suma adicional será mensual durante el lapso de tiempo que los ministerios determinen y al día de hoy es de $4.000 o bien, si en caso que la remuneración neta percibida por el trabajador sea inferior a la sumatoria de los beneficios, el subsidio total será igual a la remuneración neta que se determina aplicando 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP.
Para acceder al beneficio, los empleadores realizarán una declaración jurada a través del TAD (trámites a distancia). Esta medida comienza a regir a partir del miércoles 17 de marzo.