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Doble indemnización laboral

En virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19 se dispuso por el plazo de 180 días, contados desde el 13 de diciembre de 2019, que en los casos de despido sin justa causa, la trabajadora o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente.

La duplicación prevista comprende todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.

Asimismo, se establece que la doble indemnización no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia de ese decreto.