Estos inmuebles no deben estar afectados al régimen de propiedad horizontal, tienen que estar construidos exclusivamente en planta baja y ubicarse en esquina.
Según la Organización de las Naciones Unidas, la Ciudad de Buenos Aires posee un significativo déficit de espacios verdes por habitante. En un ranking de diez ciudades elaborado por ONU Hábitat, donde también están incluidas el Distrito Federal de México, San Pablo y Santiago de Chile, la CABA se ubica en penúltimo lugar, con sólo 6,2 metros cuadrados por habitante. Esto no representa un tema menor, ya que la calidad de vida en una metrópolis está relacionada directamente con la cantidad de espacios verdes y públicos con los que cuentan sus habitantes.
En este sentido, vemos que la importancia no es únicamente en términos ambientales sino también desde la funcionalidad que su presencia le da a los entornos barriales, fomentando “lugares de encuentro” a fin de dar lugar a funciones vitales como las de encuentro relax, confort y socialización. A su vez, se da lugar a la búsqueda por asegurar que todos los habitantes tengan acceso al uso de dichos espacios verdes y de otorgar identidad a las distintas zonas de la ciudad.
Esta iniciativa, que ya fue presentada en 2015 por la Defensoría, fue abordada por la Subsecretaría de Derechos Urbanos, Espacio Público y Medio Ambiente de la institución.
Por todo lo expuesto, la aprobación del proyecto representa una iniciativa para ayudar a mejorar la calidad ambiental y de vida de los porteños.