Lo sucedido imposibilita a los/as estudiantes de las escuelas secundarias de gestión estatal en todas sus modalidades, especialidades y orientaciones acceder a ese derecho consagrado en la ley 2917 de la CABA.
Estudiantes de ese nivel de la educación que intentaron ingresar al sitio de Internet oficial de la Ciudad para iniciar el proceso de tramitación de las becas estudiantiles www.becasciudad.buenosaires.gob.ar/inscripcion denunciaron ante la Coordinación de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología dependiente de la Conducción Ejecutiva de Derechos Sociales de esta Defensoría que se encontraron con el siguiente mensaje:
«Sistema de inscripción online
MOMENTÁNEAMENTE LA INSCRIPCIÓN SE ENCUENTRA SUSPENDIDA HASTA LA REANUDACIÓN DEL DICTADO DE CLASES PRESENCIALES, DEBIDO A LA SITUACIÓN DE PÚBLICO CONOCIMIENTO RELACIONADA CON EL COVID-19 (CORONAVIRUS).
QUIENES TENGAN TURNOS OTORGADOS RECIBIRÁN, CUANDO SE REINICIEN LAS CLASES PRESENCIALES, UN MAIL INFORMÁNDOLES LA NUEVA CITA PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN EN LA COMUNA.
TAMBIÉN PODRÁN CONSULTARLO DESDE EL BOTÓN CONSULTAR TURNO DE LA WEB CUANDO SE REINICIEN LAS CLASES PRESENCIALES
IMPORTANTE: NO CONCURRIR A LAS SEDES COMUNALES HASTA CONOCER LA NUEVA FECHA».
Teniendo en consideración que el año pasado cerca de 67.000 estudiantes accedieron a las mencionadas becas y que, de acuerdo a las consultas formuladas, hasta el momento que se restringió el acceso para la tramitación (quedando inconcluso el primer período establecido en el calendario elaborado por el propio Ministerio de Educación del GCBA) sólo se habrían inscripto para el ciclo lectivo 2020 unos 28.000 alumnos/as, se estima que más de la mitad de la población estudiantil destinataria de las mismas podría ver violentado su derecho a tramitarlas.
La Defensoría del Pueblo entiende que el derecho que la ley 2917 consagra a los/as estudiantes en condición de regularidad de nivel medio/secundario de las escuelas estatales de esta jurisdicción no puede ser negado, restringido o limitado, y menos aún por la razón esgrimida, ya que es precisamente en el marco de «la situación de público conocimiento relacionada con el COVID-19 (Coronavirus)» cuando más se requiere que el Estado asegure a los/as estudiantes el acceso a ese derecho. Recordemos que se trata de una norma pensada para garantizar el acceso, la permanencia, el reingreso y la promoción de la población estudiantil en situación de vulnerabilidad socioeconómica, y que la misma se enmarca en las acciones que deben implementarse para el efectivo cumplimiento de la obligatoriedad del nivel medio.
Por las razones expuestas, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires solicitó por oficio al Ministerio de Educación porteño que con carácter de urgente adopte las medidas y acciones tendientes a garantizar a los/as estudiantes de nivel medio/secundario su derechos a tramitar las becas de la ley 2917, entre ellas, que levante la restricción de acceso al sitio web de la Ciudad.