De esta forma, la nueva normativa ratifica la vigencia tanto de los Certificados de Discapacidad (No CUD) como de los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) hasta su fecha de vencimiento correspondiente, en el contexto de la emergencia sanitaria y debido a la necesidad de adoptar medidas para la prevención de contagios y la protección de la salud de las personas.