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La IGJ promueve un plan de regularización que alcanza a entidades deportivas

Mediante la Resolución general Nº 37/2020 la Inspección General de Justicia aprobó el “Plan de Regularización de Asociaciones Civiles”, cuya primera etapa tendrá  como plazo de vencimiento el 30 de abril de 2021.

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires ha solicitado históricamente  una vía administrativa dentro de la Inspección que contemple la particularidad de los Clubes de Barrio, tendiente a facilitar la obtención de la personería jurídica. Esta decisión representa un gran avance,en cuanto a la posibilidad que otorga a las entidades deportivas de regularizar su documentación ante dicho organismo y poder ser parte del registro público, hecho que les permitirá el posterior acceso a exenciones y apoyos económicos, que colaborarán con las respectivas administraciones de los clubes.

La resolución establece los siguientes beneficios: 

  • Presentación de estados contables y comunicación de asamblea de asociados respectiva de los últimos cinco (5) vencimientos anuales operados hasta el 30 de abril del 2021, sin costo arancelario.

  • Los Clubes de Barrio tendrán la posibilidad de presentar sin costo alguno la actualización de la inscripción de las autoridades vigentes, acompañando el acta de asamblea o de comicios, la nómina de electos con todos sus datos personales, las declaraciones juradas de no encontrarse en inhabilidades o inhabilitaciones para el ejercicio de los cargos para los que fueron elegidos y de personas políticamente expuestas, como así también la nómina de los directivos y revisores de cuentas salientes.

  • Asimismo se exime del arancel correspondiente a la entidad que adhiera al programa y se encuentre imposibilitada de rubricar libro por no tener actualizada la inscripción de autoridades, pudiendo incluir la rubrica dentro del programa en forma conjunta con dicha inscripción.

  • A su vez aquellas asociaciones que se encuentren en el Registro de Entidades Inactivas que adhieran al programa serán excluida del mismo sin costo y finalmente, se excluye de costo alguno la emisión del Certificado en Vigencia de la entidad.