En todos los casos se constataron las pésimas condiciones en las que, debido a su situación de vulnerabilidad social, deben vivir los allí alojados.
A modo de ejemplo, pero no exclusivamente, puede citarse que se constató la existencia de humedad, desprendimiento de mampostería, paredes con peligro de derrumbe, graves deficiencias en la instalación eléctrica, irregularidades en las conexiones de gas, falta de higiene generalizada, estructuras de material combustible, etcétera. Esas irregularidades son aún más graves teniendo en cuenta la situación social de los alojados y la gran cantidad de menores de edad.
Debido a ello, la Defensoría del Pueblo emitió la resolución 1856/17, a través de la cual se recomendó a la Dirección General de Fiscalización y Control que se realicen inspecciones periódicas, tomando las medidas del caso a fin de asegurar el cumplimiento de las clausuras en caso de que se acredite riesgo de vida para los alojados. También se solicitó a la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias se realicen inspecciones y se tomen las medidas correspondientes en caso de constatarse riesgo para los alojados sin dejar de tener en cuenta su situación de vulnerabilidad. Asimismo, se recomendó a la Subsecretaría de Fortalecimiento Social y Comunitario dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano que se arbitren los medios a fin de ofrecer contención social y orientación a las familias que residen en los hoteles denunciados, toda vez que se trata de grupos vulnerables con graves condiciones habitacionales que ponen en riesgo su vida, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 17 y 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Decreto 106/GCBA/05.
Además, se recomendó a la Dirección General de Administración de Infracciones se proceda al cobro y/ o ejecución de las multas labradas a los propietarios de hoteles en caso de constatarse infracciones, previo seguimiento de los trámites. Finalmente, se puso la situación en conocimiento de la Procuración General de la Ciudad y del Instituto de la Vivienda, a los fines que estimen corresponder.