Si bien la semana pasada la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó los recursos de amparo presentados por Telecom, el juzgado federal 1 de Córdoba hizo lugar recientemente a una de las medidas cautelares bajo el argumento de que los topes fijados por el gobierno nacional no permitirían recuperar las inversiones realizadas y garantizar la calidad y continuidad de los servicios que presta la empresa.
Ante la posibilidad de que la justicia disponga finalmente la suspensión de la aplicación del Decreto 690/20, desde la Coordinación Operativa de Consumidores y Administrados de la Defensoría del Pueblo porteña se recuerda que las empresas tienen la obligación de notificar los aumentos tarifarios con 60 días de anticipación.
En este sentido, independientemente del derrotero judicial y la discusión de fondo sobre si el Estado puede o no regular los precios de los servicios TICs, se advierte que el aumento correspondiente a enero no cumplió con dicho plazo, por lo cual debería ser reintegrado a los usuarios.