El régimen jubilatorio para trabajadores de Luz y Fuerza previsto en la resolución 268/09 del Ministerio de Trabajo y Empleo de la Seguridad Social estipula que los trabajadores aportarán al sistema único de jubilación nacional y recibirán, de acuerdo a la edad de retiro, entre un 70% y un 82% del sueldo en actividad al cese. El haber computable será del promedio de los últimos 12 meses anteriores al cese.
El régimen especial para el sector de la energía eléctrica posee una movilidad a aplicar en los meses de marzo y septiembre, teniendo en cuenta un índice elaborado por la Secretaría de la Seguridad Social contemplando las variaciones salariales de enero a diciembre informadas por las empresas eléctricas.