Bandera Argentina
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Todo lo que tenés que saber para estacionar tu bici en la Ciudad

La Defensora del Pueblo adjunta María América González informó a todos los ciclistas que diariamente circulan por la CABA cuáles son los derechos que les asisten.

A raíz de diversas denuncias recibidas en la Adjuntía a su cargo, María América González informó a todos los ciclistas que diariamente circulan por la Ciudad cuáles son los derechos que les asisten.
De acuerdo a la ley 4.827, las playas de estacionamiento deben admitir el aparcamiento de las bicicletas. La norma establece la obligatoriedad de colocar carteles en los que se indica que está permitido estacionarlas, con la siguiente leyenda:
Sr. Cliente: Conozca sus derechos sobre Tarifas de Estacionamiento. Se permite el ingreso de motocicletas y bicicletas (art. 4.17.6 de la Ordenanza 33.266 y Ordenanza 44.365) y las tarifas correspondientes al estacionamiento de bicicletas (Conforme texto art. 2º de la ley 5.018, BOCBA 4.453 del 06/08/2014)
A su vez, esa ley establece que la tarifa por hora a cobrar a las bicicletas será el 10% de lo que abona por el mismo tiempo un automóvil. Por ejemplo: Si la tarifa por hora de un automóvil es de 30 pesos, la bicicleta deberá pagar 3 por el mismo tiempo de estacionamiento.
Asimismo, la tarifa por estadía de las bicicletas será el equivalente a dos boletos mínimos de transporte colectivo interurbano. En la actualidad ese valor es de 6 pesos, por lo tanto la estadía no podrá superar nunca esa cifra.
Tus derechos valen. Si te maltratan, te discriminan o te niegan un derecho, tenés quien te defienda