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REPRO II, continúa en agosto con cambios

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social lo estableció mediante la Resolución 486/2021 de fecha 19/08/21.

Los nuevos criterios de selección se extienden a agosto de este año con cambios a partir de hoy que son:

I. Variación porcentual de la facturación

II. Variación porcentual del IVA compras.

III. Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.

IV. Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.

V. Variación porcentual de las importaciones.

*Cuyos periodos de referencia para la variación porcentual son los últimos DOS (2) meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y los mismos meses del año 2019.

VI. Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto).

VII. Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).

Para estos dos últimos indicadores la referencia será el mes anterior al mes en el cual el Programa brinda la asistencia.

Asimismo, se exceptúa a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido.

Además, señala que, para acceder al beneficio de $ 22.000, el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021.