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Prórroga y modificaciones del Programa Registradas

Desde la Defensoría del Pueblo informamos que a través del Decreto 358/2022 de la Presidencia de la Nación publicado en Boletín Oficial el 1 de julio y a través de la Resolución 778/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada en Boletín Oficial el 4 de julio, se prorrogó el Programa Registradas y se realizaron modificaciones relativas a los requisitos para su solicitud.

Al respecto, la Resolución modifica la condición para empleadores/as de personal de casas particulares, indicando que será un requisito haber obtenido ingresos brutos con un promedio mensual igual o inferior a $175.000.

La norma modificatoria establece:

– Para la solicitud de ingreso al Programa efectuada entre el 01/07/2022 y el 30/09/2022, el mes de referencia para los ingresos brutos será junio de 2022.

– Para la solicitud de ingreso al Programa efectuada entre el 01/10/2022 y el 31/12/2022, el mes de referencia para los ingresos brutos será septiembre de 2022.

Los ingresos brutos exigidos al empleador/a solicitante, deben tener origen en uno o más de los siguientes supuestos:
1.Remuneración por empleo registrado.
2. Haber previsional.
3. Ingreso por trabajo independiente bajo el régimen de monotributo hasta la categoría “G”.
4. Prestación correspondiente a AUH o AUE.

En caso de que el/la empleador/a solicitante perciba ingresos a través de dos o más supuestos mencionados anteriormente, se tomarán para la verificación de ingresos los siguientes parámetros:

– Sí uno de los ingresos es como monotributista, se tomará el promedio de ingresos mínimos y máximos admitidos para la categoría a la que pertenezca.

– Cuando el ingreso corresponda a una relación laboral bajo el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, se tomará el promedio de la remuneración mensual mínima vigente en los periodos 01/07/2022 a 30/09/2022 y 01/10/2022 a 31/12/2022, de acuerdo a la categoría de personal para tareas generales en la modalidad sin retiro.

A través de este programa, el Estado Nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora durante 6 meses (30% y el 50% del salario) mientras que la parte empleadora registra a la trabajadora, paga sus aportes, contribuciones, ART, el porcentaje del sueldo restante y mantiene el puesto de trabajo durante los 4 meses posteriores a la finalización del beneficio. De esta manera se busca reducir la informalidad del sector en cuestión y garantizar el trabajo registrado Más información en los siguientes enlaces https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/265346/20220701
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/265470/20220704