El plazo para la inscripción a ambos programas estará comprendido desde el 24 de septiembre -12 hrs. al 30 de septiembre inclusive.
Además, se establecen las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección para el REPRO II:
*Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual: agosto de 2019 y agosto de 2021.
*Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
*Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Agosto 2021.
*Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de septiembre inclusive.
*Corte de actualización CBU: 23 de Septiembre inclusive.
Pautas a considerar para aplicar al Programa de asistencia
*Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
*Periodo de referencia de pagos a acreditar:
*Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021
*Monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021
*Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.
Esta resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 21/09/2021.