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Novedades sobre el Programa REPRO II

Mediante la Resolución 416/2021, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó modificaciones para acceder al beneficio.

A partir del mes correspondiente a los salarios devengados en julio de 2021, se aplicarán los siguientes criterios de selección para acceder al Prgrama de Recuperación Productiva:

-Variación de la facturación.
-Variación del IVA compras.
-Endeudamiento en 2020.
-Liquidez corriente en 2020.
-Variación del consumo de energía eléctrica y gasífera.
-Variación de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
-Variación de las importaciones.

Asimismo, se dio continuidad a la excepción de la presentación del balance para julio de este año y se mantuvo la suspensión de la liquidación de las sumas dinerarias para los sectores críticos.

Por otro lado, se extendió el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos” hasta fin de julio, con la nueva condición de que el beneficiario haya efectivizado al menos dos pagos al régimen de trabajo independiente durante los últimos siete meses previos a la solicitud (o un pago, si la inscripción se hubiera realizado más recientemente). Las personas con personal bajo su dependencia deberán cumplir con los criterios de selección, no figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales y contar con menos de cinco trabajadores a cargo durante el mes anterior a la solicitud.