Bandera Argentina
fumigacion-02

La Defensoría celebró la aprobación de la ley que prohíbe el uso de herbicidas sintéticos en la CABA

El organismo había denunciado el empleo de productos tóxicos para desmalezar y fumigar el espacio verde lindero al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”.
El proyecto había sido presentado porque se detectó el uso de agroquímicos para el control de plagas en pastizales, especialmente en terrenos lindantes a las vías del ferrocarril. Esta situación ya había sido detectada y denunciada por la Defensoría del Pueblo porteña, especialmente ante el empleo de productos tóxicos para desmalezar y fumigar el espacio verde lindero al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”.

En efecto, en la actuación 5832/12 iniciada en el organismo se señaló que la Agencia Internacional para la Investigación sobre Cáncer de la Organización Mundial de la Salud clasificó al glifosato como probablemente carcinogénico para los humanos. Frente a ello, es necesario aplicar el principio de prevención contemplado en la Ley General de Ambiente. En consecuencia, las dependencias oficiales que se ocupan del mantenimiento de los espacios verdes deberían prohibir el uso de herbicidas que contengan glifosato.

Atento a ello, en su resolución 678/15 el Defensor del Pueblo Alejandro Amor recomendó a la Dirección General de Espacios Verdes que prohíba la aplicación de herbicidas que contengan glifosato en todos los sitiosque se encuentren bajo su órbita. Esta recomendación se hizo extensiva a todos los Presidentes de las Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por otra parte, la Defensoría inició de oficio la actuación 5616/14, con el objeto de dar seguimiento al “Servicio de Mantenimiento Integral de Áreas Verdes”. En este expediente se analizó la resolución 1704/MAYEPGC/14, que aprobó los pliegos para la contratación del Servicio de Mantenimiento Integral de las Áreas Verdes”.

Allí se observó que se autorizaba el uso de Fenitrotión al 3% para combatir las hormigas coloradas, lo cual contradecía lo dispuesto por la resolución 1631/13 del Ministerio de Salud de la Nación, y el Listado de Insecticidas y Raticidas aprobado el 30 de noviembre de 2014 por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Se sumaban a ello las advertencias sobre el Fenitrotion dadas a conocer por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO), el Programa Internacional de Seguridad Química (OMS-OIT/NU) y la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América (Environmental Protection Agency), entre otros antecedentes internacionales.

En consecuencia, en su resolución 112/15 Amor recomendó a la Dirección General de Espacios Verdes que no se autorice el uso del principio activo Fenitrotion en las áreas verdes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que el mismo sea reemplazado por herramientas de menor impacto, que se minimice o evite el uso de productos químicos y que se aplique un manejo integral de control de plagas.