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La Agencia Nacional de Discapacidad anunció medidas de apoyo económico

Mediante la Resolución 216/2020, aprobó la creación de tres programas destinados a hogares y residencias que albergan a personas con discapacidad, talleres protegidos de producción y áreas provinciales de discapacidad, en el marco de la emergencia sanitaria. La Defensoría del Pueblo te cuenta de qué se trata, y cuáles son los requisitos para acceder a ellos.

1. Programa de Asistencia Económica a Hogares y Residencias para personas con discapacidad

Brinda asistencia económica excepcional a las prestaciones residenciales para personas con discapacidad, categorizadas en el Registro Nacional de Prestadores o que cuenten con habilitaciones provinciales o de la CABA, con el fin de que puedan cubrir gastos para la adquisición de insumos y elementos de protección vinculados en forma directa al COVID-19.

Documentación a presentar:

  • Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad de la Entidad, donde figuren todos los datos de contacto.

  • Nómina de residentes con discapacidad, detallando nombres completos y DNI.

  • Constancia del Registro Nacional de Prestadores o habilitación provincial o de la CABA.

  • Documentación legal de la Entidad según corresponda: personería jurídica o constitución jurídica, estatutos, acta de autoridades vigentes, DNI de quien ejerza la máxima autoridad.

  • Documentación contable de la Entidad: constancia de CUIT, y datos de la cuenta bancaria donde recibirán los fondos.

2. Programa de Asistencia Económica a Talleres Protegidos de Producción

Ofrece asistencia económica excepcional a los Talleres Protegidos de Producción formalmente constituidos, con el fin de que puedan cubrir gastos corrientes de funcionamiento en el marco de la emergencia sanitaria en relación al COVID-19.

Documentación a presentar:

  • Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad de la Entidad, donde figuren todos los datos de contacto y una breve justificación del pedido.

  • Nómina de operarios, detallando nombres completos y DNI.

  • Constancia de inscripción/registro del Taller y registro de los operarios en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. En su defecto, aval de área de discapacidad provincial correspondiente.

  • Documentación legal de la Entidad: personería jurídica, estatutos, acta de autoridades vigentes, DNI de quien ejerza la máxima autoridad.

  • Documentación contable de la Entidad: constancia de CUIT, y datos de la cuenta bancaria donde recibirán los fondos.

3. Programa de Banco Provincial de insumos para personas con discapacidad

El programa tiene como finalidad reforzar, de manera excepcional y a través de un subsidio no reembolsable con cargo de rendición, la disponibilidad en las áreas provinciales de discapacidad o de la CABA de insumos vinculados a la atención de las personas con discapacidad en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19.

El monto asignado para el financiamiento se ha considerado en relación a la población de cada territorio:

  • Con menos de 500.000 habitantes, recibirán $2.500.000.

  • Con población entre 500.001 y 1.500.000 habitantes, recibirán $3.500.000.

  • Con más de $1.500.001 habitantes, recibirán $5.000.000.

Documentación a presentar:

  • Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad del organismo provincial o de la CABA al que pertenezca el área de discapacidad.

  • Listado de elementos a adquirir y breve justificación.

  • Designación de la máxima autoridad y DNI.

  • Constancia de CUIT y datos de la cuenta bancaria donde se recibirán los fondos

La documentación de tales programas deberá ser enviada por correo electrónico a programasemergencia2020@andis.gob.ar, hasta el 10/07/2020.

Para mayor información comunicarse al 0800-555-3472 o ingresar a www.argentina.gob.ar/andis.