Tal como lo establece la Ley 148/1998 de esta Ciudad, desde la Defensoría se considera necesaria una representación vecinal que contribuya a garantizar el “adecuado ajuste entre las necesidades de los pobladores y las respuestas conducentes para la satisfacción de las mismas” por parte del Poder Ejecutivo.
En ese contexto, la Defensoría considera que es importante tener en cuenta aquellos documentos que refieren a la organización de los barrios y que fueron consensuados entre los vecinos y vecinas y, en muchos casos, legitimados a través de la justicia. Por otro lado, actualmente, algunos de esos barrios se encuentran en procesos de integración socio-urbana. Por ese motivo, se ponen a disposición los estatutos y reglamentos vigentes, en los que se encontrará información sobre el tipo de organización de la representación de cada barrio, sus funciones específicas, los modos en que debe darse la elección de cada uno de los representantes, además de duración de los mandatos, entre otras cosas.
En el marco de las actividades de promoción de derechos que lleva a cabo la Defensoría del Pueblo, es que se brinda esta nueva herramienta para los vecinos y vecinas que quieran acceder a la documentación existente sobre su barrio.
Al mes de febrero de 2019, el estado de situación por barrio en relación a los mandatos es el siguiente:
El desafío de la Defensoría es seguir fortaleciendo la representación de los vecinos y vecinas en los procesos de integración socio-urbanas, a través del trabajo de la Coordinación Operativa de Villas, dependiente de la Conducción Ejecutiva de Descentralización.
REGLAMENTO ELECCIÓN VILLA 1-11-14
REGLAMENTO CUERPO DE DELEGADOS VILLA 1-11-14
NORMAS DE CONVIVENCIA VECINAL Villa 1-11-14
ESTATUTO DEL CUERPO DE DELEGADOS PLAYÓN DE CHACARITA
REGLAMENTO GENERAL DE LA JUNTA VECINAL PARA EL BARRIO LA CARBONILLA