Bandera Argentina
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Especificaciones sobre la Tarifa Social de luz y gas

Debido a la situación económica de distintos grupos sociales con bajos ingresos económicos que habitan en la ciudad de Buenos Aires, la Defensoría del Pueblo viene gestionado ante las autoridades nacionales, la ampliación de los criterios de inclusión para acceder al beneficio de la Tarifa Social en los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural.

Debido a la situación económica de distintos grupos sociales con bajos ingresos económicos que habitan en la ciudad de Buenos Aires, la Defensoría del Pueblo viene gestionado ante las autoridades nacionales, la ampliación de los criterios de inclusión para acceder al beneficio de la Tarifa Social en los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural.

A tal efecto, se mantuvo distintas reuniones con el Ministro de Energía de la Nación, Juan José Aranguren, la Ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, y los Directivos de los Entes Reguladores de la Electricidad y el Gas natural, en las que se expusieron las causales y fundamentos de tal solicitud.

Luego de los pedidos de la Defensoría, el pasado 6 de mayo, el Enargas dictó una resolución por la cual se ampliaron los criterios de inclusión para acceder al beneficio de la Tarifa Social, que comprendía a beneficiarios de programas sociales; jubilados y pensionados que cobren hasta dos veces el haber mínimo; trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta igual o menor a dos salarios mínimos, vital y móvil; personas con certificado de discapacidad; contribuyentes inscriptos en el Monotributo Social; empleados del servicio doméstico, incorporados en Régimen Especial de la Seguridad Social; personas con seguro de desempleo.

Ahora, con la nueva normativa, también podrán solicitar la Tarifa Social aquellos usuarios cuya situación particular no se encuentra contemplada en los criterios precedentes, y establece un mecanismo de fácil acceso para que puedan alcanzar el beneficio. Se deberán acreditar las circunstancias con la presentación de la correspondiente documentación en la distribuidora, quien entregará copia de la solicitud y la elevará al Enargas.

Además, se establece que tendrán derecho a solicitar la Tarifa Social las asociaciones civiles sin fines de lucro, asociaciones sindicales, gremiales o mutuales que realicen en el domicilio de consumo actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc.), entidades públicas nacionales, provinciales o municipales, en tanto nodesempeñen actividades comerciales y/o industriales.

En cuanto a la inquietud presentada por la Defensoría referida a la situación de aquellos usuarios que durante el año anterior habían obtenido el beneficio sin realizar ningún trámite, Enargas resolvió que seguirán teniendo la Tarifa Social. Los usuarios que en la actualidad se encuentran inscriptos en el registro anterior, deberán ser informados por Metrogas en forma fehaciente, mediante nota remitida por correo postal, que perciben la Tarifa Social.

La Defensoría del Pueblo porteña insistirá en que el mismo criterio de inclusión, acordado de forma ecuánime, solidaria y jurídica, para el gas debe aplicarse para la Tarifa Social de energía eléctrica, ya que se trata del mismo campo de consumidores y se debe respetar el derecho constitucional de igualdad ante la ley.

Asesor: Pedro Bussetti