De acuerdo a lo establecido en la Ley 27412 de Paridad de Género establece que las listas deben estar integradas por candidatas y candidatos, establecidos/as de manera intercalada, en forma alterna y consecutiva, de modo tal que no haya dos personas continuas del mismo género. Hasta hoy, las provincias que no cuentan con esa normativa son Jujuy, La Rioja, Tucumán, Formosa, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fé, San Juan, San Luis, La Pampa y Tierra del Fuego.
En la presentación se explicará la metodología que se utilizará para realizar el relevamiento, sobre qué candidaturas se hará y bajo qué indicadores se observará el cumplimiento de la paridad en los cargos, el cumplimiento de la alternancia y el porcentaje de listas encabezadas por mujeres.
Cabe destacar que en 2017 se realizó un monitoreo similar, cuyos resultados permitieron ver un alto nivel de cumplimiento de la normativa. Sin embargo, también se observó una tendencia al estricto cumplimiento de la legislación y no tanto a la promoción de verdaderos cambios culturales, condición necesaria para la igualdad. Esto se evidenció en los porcentajes máximos de participación de las mujeres, que en muchos casos no superaban los establecidos por ley, y en la poca cantidad de listas encabezadas por mujeres. También se pudo concluir que los déficit en materia de participación de las mujeres no son patrimonio de un partido en especial sino de todo el arco político. La normativa vigente al momento de las elecciones 2019 no será la misma que la que rigió los comicios pasados, por lo que con los resultados del relevamiento podrán establecerse comparaciones y extraerse conclusiones respecto de los alcances, avances y desafíos en relación con la nueva ley.