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Cupos laborales para personas con discapacidad en el Estado porteño

Entre 2007 y 2010 y en 2015, la Defensoría recibió varias denuncias de personas a raíz del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución porteña en lo correspondiente al cupo laboral del 5% reservado para personas con discapacidad.

Por iniciativa de los diputados Adrián Camps y Gabriel Fuks, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó al Poder Ejecutivo un informe referido a la Ley 1.502 que regula la incorporación de personas con discapacidad al sector público porteño, que debe detallar la cantidad total y el porcentaje de empleados con discapacidad en ministerios, comunas, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y en empresas concesionadas por el Estado. A su vez, requiere que se le informe la cantidad de personas registradas en la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad.

En respuesta a los reclamos receptados, la Defensoría emitió dos resoluciones en 2010 y 2016, en las que interpeló a distintos organismos nacionales y al Poder Ejecutivo de la Ciudad y recomendó arbitrar los mecanismos necesarios para dar estricto cumplimiento al cupo laboral dispuesto en el Art.1º de la ley 1.502. Además, se les solicitó informes referidos a la cantidad porcentual de cumplimiento de la mencionada norma y al porcentaje de agentes con discapacidad que revisten en la actualidad en la Administración Pública local.