El traslado de niños y adolescentes de padres separados fue autorizado como «actividad excepcional» y se sumó al listado de permisos para circular durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Gobierno para frenar la propagación del coronavirus.
La Decisión Administrativa 703/2020 emitida el viernes 1 autoriza el traslado del niño al domicilio del otro progenitor «siempre que sea en el interés superior» de los chicos, y en caso de ser una familia monoparental «el traslado podrá realizarse por cualquiera de los dos cónyuges o referente afectivo que conviva con él».
La normativa que este traslado sea «una vez por semana», y se deberá exhibir una declaración jurada aprobada por la Resolución 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social.