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Audiencia pública por la rezonificación del denominado “Triángulo Salguero”

Fernando Fimognare, titular de la Coordinación Operativa de Planeamiento, Obras y Espacio Público de la Defensoría, participó hoy de la audiencia realizada en la Legislatura porteña para tratar esa cuestión.

A continuación reproducimos su exposición:

Desde la Defensoría del Pueblo, organismo de defensa y difusión de derechos, venimos preocupados a esta audiencia pública sobre las normas urbanísticas del denominado “Triángulo Salguero”. No estamos hablando de una preocupación vinculada a las alturas, los usos o los destinos que tendrá lo que allí se construya, cosa que también es bastante discutible o por lo menos opinable. Nuestra preocupación es anterior al dictado de la norma y su impacto urbano ambiental. Nos preocupa que es lo que ocurre en forma sistemática con los terrenos del Estado nacional en la CABA, de su destino post traspaso y de este mecanismo por el cual la ciudad recibe tierras y se desprende de ellas en un abrir y cerrar de ojos.

Lo mismo ocurre con aquellas tierras de la ciudad normadas como RU (Renovación Urbana) o UF (Urbanización Futura) es como si estuviéramos asistiendo a un vaciamiento constante de un patrimonio que no es de los circunstanciales gobiernos, es un patrimonio construido sobre el esfuerzo colaborativo del conjunto de la sociedad a través de sus impuestos y de su trabajo. Épocas de Extractivismo Urbano dirían algunos….

Defender derechos es, desde la perspectiva de nuestro organismo y si de Derechos Urbanos se trata,  propiciar el más amplio debate acerca de qué hacer y qué rol cumplen los denominados espacios vacantes de la Ciudad y eso venimos a proponer a esta audiencia pública.

El terreno que estamos considerando fue traspasado en el marco de un convenio entre el PEN y la CABA perfeccionado por ley 6131 el 13 de diciembre de 2018.

Hace pocos días, más precisamente el 14 de febrero, el actual presidente dictó el decreto 149/2020 mediante el cual instruyó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado bajo la supervisión de la Jefatura de Gabinete de Ministros a “revisar en un plazo no mayor a sesenta (60) días la legalidad de los procesos que derivaron en la disposición, cesión, enajenación, transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago de inmuebles del ESTADO NACIONAL a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES  a través de cualquiera de sus organismos, entidades, sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria, desde el 10 de diciembre de 2015 hasta el 10 de diciembre de 2019”. Esto nos plantea entonces dos incógnitas. La primera es cuál es el apuro por el dictado de las normas.  La segunda, más profunda aún, es cual será el destino de este y otros tantos predios transferidos en los últimos tiempos.

Para concluir, la Ciudad tiene su Plan Urbano Ambiental sin actualizar, desde hace años tiene vencidos sus plazos. Es más, se votaron los Códigos Urbanísticos y de la Edificación sin siquiera enunciarse la voluntad de actualizar el PUA. ¿No será entonces la oportunidad para que, en el marco de esa actualización, se pueda llevar a cabo el debate que proponemos como Defensoría del Pueblo acerca del destino de los predios que la ciudad posee? ¿No será conveniente, entonces, no apresurarse en hacer cambios normativos de ningún tipo que se terminan transformado en decisiones aisladas, descontextualizadas y sin ninguna clase de paradigma estructurante que las contenga como debería poseer cualquier ciudad del mundo?.

Muchas gracias.