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ATP: beneficio de reducción y de postergación del período devengado octubre 2020

La Resolución General 4854/2020 publicada en Boletín Oficial el 9 de octubre dispone que los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA deberán haber cumplido con la registración y haber suministrado la información económica correspondiente.

Para corroborarlo puede ingresar al AFIP con clave fiscal, al servicio “Sistema Registral”, opción consulta/datos registrales/caracterizaciones.

Asimismo, los empleadores, cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades no críticas o pertenecientes al sector salud, que cumplan con los parámetros de facturación, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado octubre de 2020, debiendo realizarlo hasta las siguientes fechas, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

Terminación cuit      Fecha

0, 1, 2 y 3               13/01/2021

4, 5 y 6                    14/01/2021

7, 8 y 9                    15/01/2021